Legislación


La potestad sancionadora corresponde a la Agencia Española de Protección de Datos.

La LSSI otorga las funciones de supervisión y control de la misma al Ministerio de Energía, Turismo y Agenda Digital. En esta función de control, el Ministerio podrá llevar a cabo las actuaciones inspectoras que sean precisas.
La potestad sancionadora corresponde al Ministerio de Energía, Turismo y Agenda Digital a través de la Secretaría de Estado para la Sociedad de la Información y la Agenda Digital (salvo en el caso de los artículos 21 y 22 de la LSSI – comunicaciones comerciales electrónicas – cuya potestad sancionadora corresponderá a la Agencia Española de Protección de Datos; y en el del artículo 38.2 letra b – por ejemplo, la Comisión de Propiedad Intelectual).
Resumen de sanciones por los siguientes incumplimientos:

Fuente: Deloitte